Resolución Nº 15-ARAP ─ Reglamenta los Programas de Observadores a Bordo de embarcaciones de pesca y apoyo a la pesca de bandera panameña.

La presente Resolución de la Autoridad de Los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), Reglamenta los Programas de Observadores a Bordo de embarcaciones de pesca y apoyo a la pesca de bandera panameña creado mediante el Decreto Nº 126 de 2017. El reconocimiento como entidad autorizada para llevar a cabo un Programa de Observadores a Bordo tendrá una vigencia de cinco años y la renovación deberá ser solicitada con una anticipación mínima de noventa días calendario previo a su vencimiento. Las entidades reconocidas para llevar a cabo un Programa de Observadores a Bordo deberán remitir, mensualmente, en formato digital e impreso, un informe a la Autoridad, con todos los reportes realizados por los observadores a bordo de las embarcaciones, previa verificación de la entidad reconocida, de acuerdo a los requisitos, protocolo y los mecanismos de entrega de los datos e información que establezca la Autoridad.

Panama · 2019-05-21