Ley modelo sobre recursos genéticos.

El objeto de la presente ley modelo es promover en los Estados miembros del Parlamento Latinoamericano la conservación de los recursos genéticos y su utilización sustentable, tanto en condiciones in situ como ex situ, así como minimizar su deterioro y los procesos que causen su pérdida o erosión, en los territorios sobre los cuales los Estados ejercen derechos soberanos. Todo esto mediante el acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante una financiación. Los Estados miembros del Parlamento Latinoamericano, en el marco de las legislaciones nacionales y según la realidad de cada uno, promoverán la conservación de los recursos genéticos y su uso sustentable, haciendo énfasis en el mantenimiento de la variabilidad genética inter e intra-específica que la conforman. La conservación de los recursos genéticos y su utilización sustentable, incluirá los que se encuentren contenidos en las diferentes formas de vida en los ecosistemas naturales tanto continentales como marinos y también en los agroecosistemas; así como sus poblaciones, especies y subespecies bien sean de origen vegetal, animal, hongos, moneras, protistas y microbianas incluyendo los virus. El texto de la ley modelo se compone de los siguientes Capítulos: I) Objetivos y ámbito de aplicación; II) De la conservación de los Recursos Genéticos; III) De la investigación de los recursos genéticos; IV) Del uso sustentable de los recursos genéticos; V) Del acceso a los recursos genéticos; VI) De la consulta pública en comunidades vinculadas a los recursos genéticos y sus componentes intangibles; VII) Del comercio de los productos derivados de los recursos genéticos; VII) Disposiciones finales.

2015-11-27