La presente Resolución implementa el uso obligatorio de la plataforma electrónica e-LAND, administrada por la Dirección General de Inspección, Vigilancia y Control de la Autoridad, para que, únicamente por medio de esta, sea declarado todo desembarque proveniente de buques de pesca de captura y buques de pesca de actividades relacionadas con la pesca (carga refrigerada y/o factoría) de pabellón nacional de servicio internacional, en puertos nacionales autorizados o en puertos de terceros países, así como de buques de captura y buques de carga refrigerada de pabellón extranjero, en puertos nacionales autorizados, a través del sitio oficial: https://e-land.arap.gob.pa. La declaración de desembarque deberá ser realizada dentro un plazo no mayor de 24 horas a partir de finalizada la operación de desembarque. Además, el documento especifica los requisitos que los diferentes tipos de buques tendrán que satisfacer para que la Autoridad proceda a realizar la validación del desembarque.
Panama · 2023-08-30