El presente Decreto tiene por objeto, establecer las disposiciones que regulan las descargas en el Lago Xolotlán de las aguas residuales domésticas provenientes de los sistemas de tratamiento. Este Decreto es aplicable a las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeros, que realicen actividades que impliquen descargas de aguas residuales domésticas en el Lago Xolotlán, provenientes de sistemas de tratamiento. La autoridad de aplicación del presente Decreto es el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA) en coordinación con la ANA y los Gobiernos Municipales, de acuerdo a lo estipulado en el presente instrumento. El Permiso de descargas, que no podrán ser mayores a parámetros establecidos, está sujeta a las condiciones y cargas modales especificadas en los anexos.
Nicaragua · 2003-11-10