La presente Ley se compone de 130 artículos organizados en 11 Títulos, a su vez divididos en capítulos. El Titulo 1, que establece regulas general de la simplificación administrativa, dispone sobre su objeto que es lo de determinar medidas de simplificación administrativa de carácter extraordinario y urgente destinadas a promover la mejora de los procesos regulatorios, de gestión y organizativos de la Administración de la Generalitat, su sector público instrumental y de los entes que integran la Administración local de la Comunitat Valenciana, con la finalidad de mejorar el acceso de la ciudadanía a los servicios públicos y remover las cargas administrativas que limitan el desarrollo económico y social en la Comunitat Valenciana. El Titulo se aplica a: a) La Administración de la Generalitat y su sector público instrumental, en los términos que establece el presente título. b) Los entes que integran la Administración local, en los términos que establece el presente título. Estos sujetos tienen un deber general de promoción de la simplificación administrativa, en el sentido que deben promover la simplificación administrativa en el ejercicio de sus competencias. Asimismo, deben aplicar criterios de simplificación en el ámbito regulatorio, procedimental y organizativo, para mejorar la eficiencia de su gestión, organización y funcionamiento, así como para reducir cargas administrativas a la ciudadanía y a las empresas. Este Titulo establece también cuales son los criterios de simplificación administrativa y describe la planificación y organización para la simplificación administrativa asi las medidas para realizarla, las medidas de impulso a la actividad económica; las medidas de simplificación dirigidas a la ciudadanía; y las medidas internas. Este Titulo regula también las nuevas tecnologías para la administración electrónica de la Generalitat; la simplificación en los entes de la Administración local; y el régimen sancionador en el ámbito de la Generalitat. Lo siguientes Títulos describen medidas en materia de administración local, transparencia, participación y convenios de colaboración (Titulo 2); en materia de patrimonio cultural y deporte (Titulo 3); en materia de servicios sociales e igualdad (Titulo 4); en materia de hacienda, economía, administración pública y administración electrónica (Titulo 5); en materia de interior (Titulo 6); en materia de sanidad (Titulo 7); en materia de educación y empleo (Titulo 8); en materia de agricultura, ganadería y pesca (Titulo 9); en materia de medio ambiente, infraestructuras y territorio (Titulo 10); y en materia de energía, comercio y turismo (Titulo 11).
Spain · 2024-12-05