El presente Decreto Supremo modifica el Reglamento de la Ley Nº 32065 con el objetivo de adecuarlo a la Ley Nº 32349 y reforzar las medidas para garantizar el acceso universal al agua potable, especialmente en poblaciones vulnerables y en zonas de riesgo no mitigable; para ello, introduce ajustes en definiciones, planificación, financiamiento, ejecución y mantenimiento de intervenciones, establece la elaboración de un “Plan de Estrategias” para cerrar brechas de acceso, y regula de manera específica las intervenciones temporales en zonas de riesgo —limitadas a componentes no permanentes, con un plazo máximo de tres años y vinculadas a procesos de reasentamiento —, además de precisar responsabilidades institucionales y mecanismos de coordinación entre el Ministerio de Vivienda, gobiernos locales y entidades prestadoras, con el fin de asegurar una implementación eficiente, articulada y progresiva del acceso al agua potable a nivel nacional.
Peru · 2026-03-27