Esta Ley provincial rige el procedimiento de las actividades reguladas por el Código de Minería, y establece que la Autoridad Minera de la Provincia de Mendoza es ejercida en primera instancia por la Dirección de Minería de la Provincia y en segunda instancia por el Consejo de Minería, ambos bajo la tutela del Ministerio de Energía y Ambiente o el que en el futuro lo reemplace. El Título I de la Ley (Disposiciones generales) introduce las reglas generales sobre el procedimiento minero (Capítulo I), los expedientes y actos procesales (Capítulos II y III), las notificaciones y los plazos (Capítulos IV y V), las resoluciones (Capítulo VI), las normas generales de procedimiento (Capítulo VII). Por otro lado, el Título II refiere a las normas de protección ambiental del Código Minero y dispone que el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental será iniciado ante la autoridad competente ambiental, debiendo el interesado informar a la Autoridad Minera de los avances de dicho procedimiento. El Título III tiene por objeto el desarrollo de los proyectos mineros en sus varias etapas: prospección, exploración inicial, exploración avanzada, Evaluación Económica Preliminar, Prefactibilidad y Factibilidad, construcción y puesta en marcha, etc. Los titulares de derechos mineros, los operadores de prospectos y Proyectos Mineros deberán cumplir y hacer cumplir a sus socios, contratistas, subcontratistas y empleados las disposiciones aquí establecidas. Previo al inicio de las actividades o previo al otorgamiento de la concesión, deberán presentar ante la Autoridad Minera una Declaración Jurada de Buenas Prácticas en el marco de la Responsabilidad Social. Dicho documento deberá ser actualizado bienalmente a partir de su aprobación y quedará a disposición de los organismos o interesados que acrediten tener alguna incumbencia en el respectivo Proyecto Minero. La Declaración Jurada de Buenas Prácticas, en el marco de la responsabilidad social, debe contemplar obligatoriamente los aspectos de comunidad e inclusión y el de ambiente.
Argentina · 2024-04-23