La Ley, que consta de 3 artículos, deja sin efecto las prohibiciones, restricciones, requisitos existentes y trámites previos en general para la importación de semillas cuyo internamiento estara supeditado a los requisitos fitosanitarios que establezca el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), adecuándose a las normas internacionales y subregionales.
Perú · 1997-03-17