En virtud de la facultad otorgada para reglamentar el uso del canal de navegación por el artículo 66, párrafo j del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, a través de la presente Resolución la Comisión Administradora del Río de la Plata aprueba el Reglamento de Uso y Navegación del Canal Martín García, que entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2006.
2005-10-21