El presente Decreto modifica las tarifas para el uso de las facilidades portuarias o servicio de estadía, que será prestado a los usuarios mediante el cobro establecido por una tarifa dependiendo de la eslora del buque en todos los puertos comerciales, atracaderos y boyas, con excepción de los que poseen derechos adquiridos por disposiciones especiales.
República Dominicana · 2002-07-05