Ley Nº 55 - Ley del Comercio Marítimo.

La presente Ley del Comercio Marítimo, dispone que las naves mercantes, aunque muebles por su naturaleza, constituyen una clase particular, regida por las disposiciones del Derecho Común y cada nave es considerada como una entidad con responsabilidad limitada a cuanto constituye su patrimonio.

Panamá · 2008-08-06