Ley Nº 29408 - Ley general de turismo.

La presente Ley tiene por objeto promover, incentivar y regular el desarrollo sostenible de la actividad turística a nivel nacional, regional y local, en coordinación con los distintos actores vinculados al sector, e incluyendo la actividad artesanal como parte del turismo. Además, asigna competencias específicas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) para la aprobación y actualización del Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR), la coordinación con gobiernos regionales y locales, y la promoción del turismo social y la inversión en el sector. La ley también establece la creación de un Comité Consultivo de Turismo para coordinar con el sector privado, y la Red de Protección al Turista para garantizar la seguridad y derechos de los turistas. Se promueve la diversificación de la oferta turística, la protección del patrimonio cultural y natural, y la implementación de programas de turismo social para grupos vulnerables.

Perú · 2009-09-17