Las presentes disposiciones modifican el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, en el sentido de agregar en el inciso 5º del artículo 22 bis, a continuación de la expresión ‘‘en mar’’, la frase ‘‘y en agua dulce’’.
Chile · 2009-07-31