El presente Acuerdo expide el Instructivo para la determinación del carácter de comunitario de una actividad turística, entendiéndose por comunidad a una estructura de organización social que integra a hombres y mujeres que comparten elementos comunes como territorio, historia, idioma, costumbres, valores, visión del mundo, lo cual permite generar una identidad colectiva.
Ecuador · 2010-02-12