Ley Nº 55 - Código Agrario de la República de Panamá.

La presente Ley adopta el Código Agrario de la República de Panamá que tiene como fundamento regular la actividad agraria, las empresas y los contratos agrarios y el aprovechamiento sostenible del suelo, así como determinar la organización de la jurisdicción agraria. Los artículos 41-49 establecen las normas aplicables a los contratos agrarios en general; los artículos 134-138 se refieren a la integración vertical de la agricultura y los agronegocios (es decir los vínculos de agricultura por contrato). Se reconoce que uno de los sujetos con capacidad para ser parte en la jurisdicción a agraria es el Ministerio Público, de acuerdo a lo establecido en el 192 del Código Agrario. En la jurisdicción agraria se desarrollan procesos contenciosos, no contenciosos, ejecutivos y especiales (Artículo 227 del Código Agrario), ámbito de la justicia agraria, y en los que tiene que intervenir el Ministerio Público a través de las Fiscalías y Secciones Especializadas en Asuntos Civiles, Agrarios y de Familia, en defensa de los intereses estatales.

Panamá · 2011-05-23