La presente Ley tiene como objeto normar las actividades mineras y metalúrgicas. Establece que el Estado ejerce dominio eminente, inalienable e imprescriptible, sobre todos los minerales que se encuentren en el territorio nacional, mar territorial, plataforma marítima continental y zona económica exclusiva y zona contigua. En ejercicio de su derecho de dominio, el Estado regula los recursos minerales inorgánicos y fiscaliza el aprovechamiento técnico y racional de los mismos. La presente Ley crea el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN) en sostitución de la Dirección Ejecutiva de Fomento a la Minería (DEFOMIN).
Honduras · 2013-03-15