Esta Disposición regula la implementación de un Plan de Ccontingencia que tiene por objeto acciones fitosanitarias rápidas y eficaces llevadas a cabo ante una eventual aparición de la plaga Lobesia botrana en un área donde la misma no se encuentra presente, con el objetivo de evitar su establecimiento y dispersión. Se establece que el Plan de Contingencia se implentará a partir de la confirmación oficial de la captura de un adulto en trampas o ante la detección de un estado inmaduro de la plaga Lobesia botrana. El Plan introduce obligaciones para los propietarios, poseedores, tenedores y responsables técnicos de los establecimientos productivos y de las bodegas. El anexo define el procedimiento para la aplicación de medidas de control cuarentenario para áreas bajo el Plan de Contingencia.
Argentina · 2014-02-17