Ley de fomento para el desarrollo forestal sustentable del Estado de San Luis Potosí.

La presente Ley regula y fomenta la conservación, protección, restauración, producción, cultivo, manejo y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales del Estado de San Luis Potosí. Sus disposiciones tienen por objeto: a) regular en el Estado la protección, restauración, aprovechamiento y conservación, así como el manejo de los recursos forestales maderables y no maderables; b) promover acciones con fines de conservación y restauración de suelos forestales; c) establecer, ejecutar y evaluar programas para el desarrollo y recuperación de bosques, selvas y vegetación de zonas áridas en terrenos preferentemente forestales, para que cumplan con la función de conservar suelos y aguas, además de dinamizar el desarrollo rural; d) respetar el derecho al uso y disfrute preferente de los recursos forestales de los lugares que ocupan y habitan las comunidades indígena ; e) promover instrumentos de apoyo económico para fomentar el desarrollo forestal; f) impulsar el desarrollo de la empresa social forestal y comunal. La Ley se compone de los siguientes Títulos: I) Disposiciones generales; II) De las autoridades en materia forestal y sus atribuciones; III) De la coordinación forestal entre Federación, Estados y Municipios; IV) De la política estatal en materia forestal; V) Del manejo de los recursos forestales; VI) Del fomento al desarrollo forestal; VII) De la participación ciudadana en materia forestal; VIII) De los medios de vigilancia; IX) Infracciones y sanciones; X) Del recurso.

México · 2005-10-14