Ley de catastro del Estado de Quintana Roo.

La presente Ley establece las normas y principios básicos de las funciones catastrales y la valuación de los predios. La Ley clasifica los predios en urbanos, sub-urbanos y rústicos. En particular, la ley tiene por objeto establecer: Las normas y principios básicos de las funciones catastrales; Las disposiciones conforme a las cuales los Ayuntamientos podrán celebrar convenios con el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación y el Instituto Geográfico y Catastral del Estado, para que éste se haga cargo de alguna o algunas de las actividades técnicas o servicios que aquellos tienen a su cargo en materia de catastro, conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento de la presente Ley; Las normas y lineamientos de carácter técnico para la formulación del padrón de los bienes inmuebles ubicados en los Municipios del Estado, tendientes a su identificación, registro y valuación, y Las bases para la organización, integración y funcionamiento del Sistema Estatal de Información Catastral.

México · 2008-03-04