Ley de desarrollo rural integral sustentable del Estado de Nuevo León. Texto consolidado.

Esta Ley tiene por objeto: a) instrumentar la política del Estado de Nuevo León para el campo fortaleciendo el abasto y seguridad agroalimentarias, b) impulsar el desarrollo rural en forma integral y sustentable, c) promover la participación organizada y corresponsable de los pobladores rurales en el desarrollo rural, d) procurar la continuidad y suficiencia de los planes y programas de Gobierno con una visión de largo plazo, y e) disminuir las diferencias existentes en el desarrollo del medio rural, como una forma de alcanzar la justicia social en el campo de Nuevo León. El Título II establece los principios de la política estatal de desarrollo rural, para su planeación y coordinación. Se contemplan acciones para el desarrollo agrícola, ganadero, forestal y acuícola. Se observan también disposiciones para la protección social de los trabajadores agrícolas. En este sentido el Artículo 102 establece que el Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Desarrollo Social y la Corporación, dará atención prioritaria, mediante acciones de política social, a las personas, comunidades y organizaciones que enfrenten menor desarrollo o capacidades diferentes y vulnerables, de conformidad con los estudios que elaboren para el efecto, la Federación y el Estado. Es de destacar el Artículo 108, que reconoce que el desarrollo rural, en su aspecto social, tiene como principio la protección de los trabajadores rurales, en general, y a los jornaleros agrícolas y migratorios, en particular, bajo los principios de salvaguardar su integridad, el combate a la pobreza y el desarrollo de esquemas socio productivos para la generación del empleo. El Ejecutivo del Estado de Nuevo León propugnará por la creación, promoción y ejecución de una política, cuyos programas y acciones tengan como fin la contribución del campo nuevoleonés al abasto y seguridad alimentarias, y el desarrollo de las potencialidades rurales que eleven la calidad de vida de su población, asegurando el crecimiento social, económico y sustentable de la entidad. El desarrollo rural estará fincado sobre la base de la planeación democrática, participativa y corresponsable de los sectores público, privado y social, así como en el ordenamiento ambiental en los municipios y en las regiones.

México · 2008-12-08