Real Decreto Nº 27/2016 - Reglamento técnico de control y certificación de patata de siembra.

El presente Real Decreto aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de patata de siembra, que dispone que solamente podrá ser denominada patata de siembra aquella que proceda de cultivos controlados por los servicios oficiales correspondientes y que haya sido obtenida según las disposiciones de este Reglamento; y que sólo podrá producirse, para presentarse a la certificación oficial, patata de siembra de variedades incluidas en las listas de variedades comerciales, establecidas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, o incluidas en los catálogos comunes de la Unión Europea, exceptuándose aquella patata de siembra de variedades que se destinen exclusivamente a la exportación.

España · 2016-01-29