La presente Resolución establece que los gremios de armadores pesqueros con permiso de pesca para la extracción de los recursos anchoveta y anchoveta blanca para consumo humano indirecto, tanto para la Zona Norte Centro así como la Zona Sur, deberán acreditar su representatividad, presentando el listado de armadores asociados y la lista de las embarcaciones de las que éstos son titulares. Se encarga a la Dirección de Extracción Industrial para Consumo Humano Indirecto, la elaboración de una lista de gremios de armadores pesqueros con permiso de pesca para la extracción de los recursos mencionados, en función al Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) asignado a sus asociados; tal información deberá ser remitida a la Gerencia del Fondo de Compensación para el Ordenamiento Pesquero (FONCOPES), para los fines de su competencia.
Perú · 2016-05-19