Se crea el Programa Nacional de Semillas, dependiente administrativamente de la Subsecretaría de Agricultura y Ganadería y en el aspecto técnico de la Dirección General de Desarrollo Agrícola. El Programa Nacional de Semillas será el organismo especializado en desarrollar las actividades de programación de la producción, certificación, control de calidad y comercialización de semillas. Para su cumplimiento asumirá las responsabilidades establecidas en la Ley y Reglamento de Certificación de Semillas en todo aquello que corresponda al Departamento de Certificación de Semillas. Son funciones del Programa Nacional de Semillas: 1) Asesorar en la planificación y ejecución de la política semillera nacional y coordinar las actividades que en este campo desarrollaren las instituciones públicas y privadas; 2) Propender el uso de semillas certificadas; 3) Analizar permanentemente el estado de aprovisionamiento de semillas requeridas por la agricultura nacional y recomendar las medidas que hagan posible el suministro oportuno y en condiciones favorables de las mismas; 4) Examinar y autorizar la circulación de variedades de semillas y la plantación de material vegetativo que reúna las condiciones necesarias para la multiplicación y producción de semillas en cumplimiento con las recomendaciones del INIAP; 5) Analizar la legislación vigente sobre semillas y proponer las modificaciones necesarias; 6) Controlar la aplicación de la Ley y Reglamento de Certificación de Semillas; 7) Prestar asistencia técnica a las empresas de semillas tanto estatales como privadas; 8) Promover e incentivar la creación de nuevas empresas de producción y comercialización de semillas; 9) Publicar anualmente una lista nacional de las variedades que reúnan las condiciones para la producción de semillas certificadas; 10) Mantener actualizada la información estadística sobre producción, comercialización y consumo de semillas en el país.
Ecuador · 2003-03-20