Reglamento de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en materia de organismos, instancias de representación, sistemas y servicios especializados.

El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia de organismos, instancias de representación, sistemas y servicios especializados, con pleno respeto a los ámbitos de competencia de los tres órdenes de gobierno. La Comisión Intersecretarial será responsable de apoyar el desarrollo rural sustentable, con una visión de política pública integral, la cual se desarrollará a través de la coordinación de las acciones y programas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. El Capítulo II del Reglamento, que rige la coordinación para el desarrollo rural sustentable, contempla disposiciones aplicables a: la Comisión Intersectorial; los Consejos (distritales, municipales y estatales); los Comités Sistema-Producto.

México · 2004-10-04