La presente Ley establece pautas, obligaciones y responsabilidades para las instituciones públicas en el territorio nacional en materia de gestión integrada de residuos sólidos, como papel, cartón, latas de aluminio, tetrapak, botellas plásticas desechables y cualquier otro residuo, con excepción de los desechos hospitalarios, y tiene por objeto reducir la generación de residuos sólidos, fomentar la prevención, la reutilización, el reciclaje, la valoración y la reducción del impacto de los residuos sólidos en los vertederos y el ambiente en general, así como impulsar programas de educación formal y no formal para el personal y los usuarios de las instituciones públicas. Cada institución, a través del representante legal, será responsable de la gestión integral de sus residuos sólidos y de realizar la separación en origen de los reciclables producidos en su institución, así como de establecer las normas complementarias para el cumplimiento efectivo de la presente Ley; las instituciones públicas tendrán la responsabilidad de implementar la estructura interna y la asignación de recursos para su cumplimiento. Las instituciones públicas quedan facultadas para contratar con empresas privadas u organizaciones no gubernamentales el servicio de recolección y transporte de residuos sólidos del centro de acopio al lugar de aprovechamiento o transformación, aprobado mediante acuerdos o contratos, con el fin de garantizar el cumplimiento de la presente Ley.
Panamá · 2018-02-06