Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza.

La interpretación y aplicación de la ley penal se regirá por los principios y garantías siguientes: I. Principio conforme a la Constitución y a los tratados internacionales, en materia de derechos humanos y garantías; II. Control de constitucionalidad de las normas penales; III. Prohibición de interpretación o aplicación de la ley penal por analogía o mayoría de razón en perjuicio de la persona imputada o sentenciada; IV. Principio de taxatividad; V. Extensión de los principios y garantías precedentes a las normas procesales o de ejecución que sean materialmente penales. El Título noveno trata de: Delitos contra el medio ambiente y el equilibrio ecológico y detalla los siguientes aspectos: IV. Riesgo de deterioro irreversible. El Artículo 413 trata de las modalidades agravantes de los delitos previstos contra el ambiente en el caso de: Daño ambiental al núcleo de un área natural protegida; Deterioro irreversible; Daño a la salud personal; Contaminación de depósitos o corrientes de agua destinadas a la población; Quema a cielo abierto de contaminantes peligrosos; Quemas para fines agropecuarios; Procesamiento indebido de material geológico, etc.

México · 2017-10-26