Ley 181 de 2020 que declara la parte alta de la cuenca hidrografica del Rio Pacora como area protegida en su categoria de reserva hidrologica y dicta otras disposiciones.

La Ley No. 181 declara la parte alta de la cuenca hidrográfica del río Pacora como Reserva Hidrológica, integrándola al Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Su objetivo principal es garantizar la conservación de este ecosistema, clave para la biodiversidad y los recursos hídricos, alineándose con planes nacionales como el de Cambio Climático. Esta ley refleja un esfuerzo integral para preservar la cuenca del río Pacora, combinando protección ambiental con planificación estratégica y participación institucional. La norma enfatiza la coordinación entre sectores para actividades compatibles con la conservación, como ecoturismo y agricultura sostenible, priorizando la protección hidrológica y climática. El Ministerio de Ambiente establecerá las coordenadas geográficas del área protegida, adyacente al Parque Nacional Chagres y la cuenca del Canal de Panamá. Se crea una Comisión Interinstitucional presidida por el Ministerio de Ambiente, con participación de múltiples entidades (agropecuarias, salud, turismo, etc.) para coordinar planes de manejo y ordenamiento territorial, cuyo estudio tiene que elaborarse dentro de 10 meses, y se prohiben nuevas concesiones mineras y suspensión de prórrogas hasta aprobar los planes de ordenamiento territorial y ambiental. También se exige evaluar la capacidad de carga ambiental en estudios de impacto para proyectos en la cuenca. El financiamiento de la nueva area protegida se prevé por el tramite de fondos que provendrán de presupuestos institucionales, donaciones internacionales, impuestos de concesiones hídricas/mineras, y otros recursos.

Panamá · 2020-11-17