Orden de 18 de junio de 1985 - Crea la Comisión Conjunta de Residuos de Productos Fitosanitarios.

La citada Comisión tendrá las siguientes funciones: determinar los límites máximos de residuos de plaguicidas (LMR) correspondientes a los ingredientes activos previstos en la Reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas en vigor; informar y, en su caso, elaborar propuestas relativas a la determinación de LMR para el programa conjunto FAO/OMS, en cuanto corresponda a los citados ingredientes activos, oyendo previamente a la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria; elevar propuestas y asesorar sobre aquellos aspectos relacionados con sus funciones que le sean sometidas por las autoridades competentes en materia de salud pública, sanidad vegetal y ordenación vegetal; y constituir grupos de trabajo ad hoc para el estudio de aspectos concretos relativos a dichas funciones. A las reuniones de la Comisión asistirá un representante de la Agrupación Española de Plaguicidas, y, además, el Director General de Salud Pública, en su calidad de presidente, podrá convocar expertos y presentantes de organismos oficiales, entidades públicas o privadas y asociaciones, a tenor de los asuntos a tratar en cada reunión, todos ellos asistiendo con voz pero sin voto. Para atender al funcionamiento de la Comisión Conjunta, en coordinación con el Registro Oficial de Productos y Material Fitosanitario, se organizará, sin que ello implique aumento de gastos públicos, una Secretaría permanente en el Servicio de Defensa contra Plagas e Inspección Fitopatológica, entre cuyas funciones se contará la de atender cuantas consultas, peticiones de información o aclaraciones sean de su conocimiento o, en su caso, remitirlas a la Comisión Conjunta o Grupo de Trabajo correspondiente. Los límites máximos de residuos de plaguicidas (LMR) en alimentos, determinados por la Comisión Conjunta, serán elevados por su Presidente a los Ministros de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo para su propuesta conjunta a efectos de publicación según lo establecido en la legislación vigente.

Espagne · 1985-06-18