El presente Decreto, a los efectos de obtener la declaración de impacto ambiental, dispone que el proponente de las obras o actividades comprendidas en el Anexo I de la Ley Nº 5.961, con las excepciones establecidas en el artículo 9 del presente Decreto, deberá presentar ante el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Vivienda, la manifestación general de impacto ambiental que deberá contener, como mínimo, los siguientes datos: 1) datos personales, domicilio real y legal del solicitante responsable de la obra o actividad; 2) descripción del proyecto y sus acciones; examen de las alternativas técnicamente viables y justificación de la solución adoptada; 3) inventario ambiental y descripción de las interacciones ecológicas o ambientales claves; 4) identificación y valoración de impactos, tanto en la solución propuesta como en sus alternativas; 5) establecimiento de medidas correctoras y protectoras; 6) programa de vigilancia ambiental.
Argentine · 1994-11-04