El presente Programa de Rescate Financiero Agropecuario dispone que podrán ser beneficiarios de refinanciaciones, las personas naturales o jurídicas dedicadas a actividades agropecuarias que mantengan deudas según las categorías de clasificación señaladas y con instituciones financieras reguladas por la Superintendencia de Bancos y Seguros.
Pérou · 2001-02-12