El presente Decreto dispone que podrán ser beneficiarios de refinanciaciones con apoyo de los recursos del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de Empresas (FOPE) aquellos deudores que hayan mantenido deudas por créditos comerciales con instituciones financieras reguladas por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).
Pérou · 2001-03-16