El presente Decreto establece modificaciones al Programa de Rescate Financiero Agropecuario (RFA) disponiendo, entre otras cosas, que podrán calificar como beneficiarios del programa los agricultores que asuman individualmente una porción de la deuda que de mutuo convengan con los comités de productores y/o asociaciones a las que garantizaban.
Pérou · 2001-06-08