La presente Resolución dispone que los armadores de naves pesqueras de bandera nacional que deseen operar sobre el recurso Bacalao de profundidad (Dissostichus spp) en aguas extrajurisdiccionales, incluidas las áreas de la Convención para Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), deberán contar con una autorización de la Subsecretaría de Pesca.
Chili · 2001-04-23