Ley Nº 6817 - Ley sobre apicultura.

La presente Ley declara de interés provincial a la apicultura y establece que la abeja deberá ser protegida como insecto útil. La Ley consta de los siguientes capítulos: (I) Disposiciones generales; (II) Objetivos; (III) Autoridad de aplicación; (IV) Registro Apícola Provincial; (V) Consejo Asesor Apícola; (VI) Normas de protección y prohibiciones; (VII) Normas de calidad; (VIII) De las infracciones; (IX) Disposiciones varias.

Argentine · 2000-10-11