La presente Ley establece el marco normativo que rige el sistema de estudio, aprovechamiento, conservación y preservación de los recursos hídricos pertenecientes al dominio público. Las aguas pertenecientes al dominio privado quedan sujetas al control y a las restricciones que en interés público establezca la autoridad provincial en ejercicio del poder de Policía. La Ley introduce disposiciones específicas sobre el registro de las aguas públicas otorgadas en uso (mediante concesiones o permisos) y las empresas de servicios de ingeniería para el aprovechamiento de los recursos hídricos. Asimismo, prevé la creación de un catastro de aguas.
Argentine · 1983-07-26