El presente Reglamento establece disposiciones para la aplicación del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México, en materia de protección y bienestar animal que se encuentren en forma permanente o transitoria dentro del territorio del Estado de México. Las normas contemplan al ganado, los animales domésticos y los animales para espectáculos. Se crea el Consejo Ciudadano de Protección y Bienestar Animal, como órgano de consulta y opinión del Ejecutivo Estatal, cuyo objeto es lograr la participación corresponsable de todos los sectores de la sociedad en esta materia.
Mexique · 2013-07-04