La presente Resolución aprueba el Reglamento que regula la participación ciudadana en las acciones de monitoreo ambiental a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), en ejercicio de su función evaluadora. El proceso de monitoreo ambiental participativo está compuesto de siete etapas: 1) coordinación previa con los actores involucrados; 2) convocatoria; 3) inscripción en los programas de inducción; 4) realización de la inducción; 5) taller para la presentación de la propuesta del Plan de Monitoreo; 6) ejecución del Monitoreo Ambiental Participativo; 7) taller para la presentación de los resultados del monitoreo realizado.
Pérou · 2014-09-02