La presente Ley regula el uso del fuego en las actividades relacionadas con la explotación de la tierra para fines agrícolas, ganaderos o de otra índole, con el fin de evitar la destrucción de las masas arboladas, del renuevo de las especies forestales, de los cultivos y plantíos y de la fauna silvestre. El objeto último de estas disposiciones es prevenir daños ambientales, riesgos para la salud y la seguridad públicas.
Mexique · 2012-04-12