Ley de apicultura.

Esta Ley tiene por finalidad promover la organización, fomento, explotación, comercialización e investigación y protección de la apicultura en el Estado de Tlaxcala. Una vez definidas las atribuciones de las autoridades competentes, la Ley establece los derechos y obligaciones de : a) las personas físicas y jurídicas que se dediquen, en forma habitual u ocasional, a la cría, producción, mejoramiento y comercialización de las abejas, sus productos y subproductos; b) las personas o entidades que en forma habitual, accidental u ocasionalmente, se dediquen al comercio o transporte de abejas por territorio estatal. Se prevén normas específicas en tema de instalación de los apiarios (zonas, distancias, mínimas, ocupación de espacios) y movilización de colmenas, identificación y registro de las colmenas. Además se establecen normas para la constitución y el funcionamiento de las organizaciones apícolas y medidas para el control de la abeja africana. Por último se establece el régimen sancionatorio.

Mexique · 2000-09-22