El presente Acuerdo se inserta en el marco de las acciones concertadas por los Estados Parte para la conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos hídricos transfronterizos del Sistema Acuífero Guaraní localizado en sus respectivos territorios. Sus disposiciones son conformes a los principios previstos en la Declaración de Río de Janeiro sobre el Medio Ambiente y Desarrollo en materia de desarrollo sustentable en beneficio de las generaciones presentes y futuras. A través de este Acuerdo las Partes convienen acerca del ejercicio del derecho soberano, que le corresponde a cada una de ellas sobre sus respectivas porciones, en cuanto a la gestión, el monitoreo y el aprovechamiento sustentable de los recursos hídricos que integran el Sistema Acuífero Guaraní. El principio rector es el uso racional y sustentable, respetando la obligación de no causar perjuicio sensible a las demás Partes ni al medio ambiente. Las Partes se comprometen a informar a las demás de las obras y actividades que puedan tener efectos en el Sistema Acuífero Guaraní más allá de sus fronteras. También se establecen las bases para el desarrollo de actividades de cooperación. Por último se indican los medios de resolución a los que recurrir en caso de que surjan conflictos entre las Partes.
Argentine, Brésil, Paraguay, Uruguay · 2010-08-02