El presente Real Decreto tiene por objeto el establecimiento y la regulación, con carácter básico, del Programa nacional de control y erradicación de Tecia, tras la declaración de la existencia de plaga por la autoridad competente. Se dispone que los operadores de patata y los productores no profesionales deberán notificar inmediatamente al órgano competente de la comunidad autónoma o, en el caso de importadores de terceros países, a la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente las partidas de patatas, parcelas o instalaciones de almacenamiento en los que exista sospecha de presencia de Tecia.
Espagne · 2017-03-03