La presente Resolución establece excepcionalmente que la temporada de pesca del recurso camarón de río (Cryphiops caementarius y Macrobrachium spp) en los cuerpos de agua públicos de la vertiente occidental de los Andes, se extienda hasta el 2 de enero de 2018, quedando prohibida la extracción, procesamiento, transporte, comercialización y utilización del recurso a partir del 3 de enero hasta el 31 de marzo de 2018. A partir del 1º de abril de 2018, resulta de aplicación lo dispuesto en la Resolución Nº 312-2006-PRODUCE.
Pérou · 2017-12-19