La presente Resolución aprueba el Procedimiento para implementar la integración especial referida en la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, que dispone: La empresa prestadora de accionariado municipal, bajo responsabilidad de sus directivos, administradores y/o representantes legales, comunica a la municipalidad distrital o provincial, según sea el caso, y a la organización comunal o al prestador no reconocido o previsto en la Ley Marco, el inicio del proceso de integración de los centros poblados, urbanizaciones, asentamientos humanos, agrupaciones vecinales o similares, que se ubiquen en zonas urbanas o que exceden de los dos mil (2 000) habitantes en el ámbito rural; dicha comunicación es puesta en conocimiento del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) y la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS), para los fi nes competentes.
Pérou · 2018-02-16