El presente Decreto Supremo modifica la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Marco para el Desarrollo e Integración Fronteriza, con el siguiente texto: “El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza (CONADIF), ejerce funciones de coordinación del grupo de trabajo que propone las acciones necesarias para la creación y determinación de las fuentes de financiamiento del Fondo para el Desarrollo de Fronteras e Integración Fronteriza.
Pérou · 2018-10-10