Fallo Nº S/N - Declara que es inconstitucional el numeral 4 del artículo 148 de la Ley Nº 55, que adopta el Código Agrario de la República de Panamá.

El presente Fallo de la Corte Suprema de Justicia declara que es inconstitucional el numeral 4 del artículo 148 de la Ley Nº 55, que adopta el Código Agrario de la República de Panamá: "Artículo 148. Para garantizar la continuidad de la actividad agraria, la sucesión de bienes agrarios se hará de acuerdo con las siguientes reglas:... 4. Al momento de la partición de la herencia el juez adjudicará los bienes dedicados a su explotación a los herederos con mayor aptitud para continuarla."

Panama · 2018-02-15