La presente Ley, en términos de lo dispuesto por el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 33 de la Constitución Política del Estado de Querétaro tiene como objeto: proteger la dignidad humana; fijar las bases para dar cumplimiento a la promoción, respeto, protección y garantía de los Derechos Humanos reconocidos en la Constitución de Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, la Constitución Política del Estado de Querétaro y en los ordenamientos jurídicos vigentes en la Entidad, así como determinar la organización y competencia de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro.
Mexique · 2015-06-16