Esta Ley tiene por objeto: Establecer la participación de los sectores social y privado en el sector turístico; Establecer las bases para la política, planeación y programación en todo el territorio Estatal de la actividad turística, bajo criterios de beneficio social, sustentabilidad y desarrollo equilibrado; Impulsar el desarrollo del turismo en los municipios con vocación turística del Estado, en especial en localidades declarados pueblos mágicos y en sitios Patrimonio Mundial; Determinar los mecanismos para la conservación, mejoramiento y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos, preservando el patrimonio natural, cultural, y el equilibrio ecológico; Formular las reglas y procedimientos para establecer, el ordenamiento turístico del territorio Estatal; Facilitar a las personas con discapacidad y a las personas adultas mayores las oportunidades necesarias para el uso y disfrute de las instalaciones destinadas a la actividad turística; Salvaguardar la igualdad de género en la instrumentación y aplicación de políticas de apoyo y fomento al turismo; Establecer las reglas y procedimientos para la creación de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable, etc.
Mexique · 2016-01-26