El presente Decreto Supremo mira a modificar el inciso 1 del artículo 25 y el literal a. del articulo 26 del Reglamento de Certificación y Fiscalización de la Producción Orgánica, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2020-MINAGRI, los cuales tratan de los asuntos siguientes: Artículo 25.- Condiciones para la autorización del Sistema de Garantía Participativo y Artículo 26.- Requisitos para la autorización del Sistema de Garantia Participativo. La incorporación del articulo 25-A al Reglamento trata de Principios del Sistema de Garantía Participativo. El Sistema informático para el control de la producción orgánica, es la herramienta informática que la Autoridad Nacional pone a disposición de las entidades de certificación y operadores para su uso obligatorio, con el propósito de realizar la trazabilidad del sistema de la producción orgánica mejorando su control, la fiscalización de las entidades de certificación, contando en tiempo real con la información de los procesos de certificación entre el operador y el organismo de certificación, así como el seguimiento para el levantamiento de las no conformidades detectadas a los operadores. El Sistema Interno de Control (SIC), es el mecanismo de control, a través del cual los productores, las productoras y los recolectores de un sistema productivo se controlan mutuamente y solicitan, en forma grupal o colectiva, la certificación orgánica y verifican de manera recíproca el cumplimiento de los requisitos establecidos en las normas de la producción orgánica nacional.
Pérou · 2023-03-31