Resolución de 24 de octubre de 1974 - Normas complementarias a la Orden de 24 de enero de 1974, sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura privados, instalados en aguas continentales.

La presente Orden del ICONA (Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza) establece que, a efectos de la Orden del 24 de enero de 1974, serán considerados como centros de piscicultura las astacifactorias o centros de astacicultura, a las que se aplicará todo lo dispuesto allí que se relacione con el cultivo y cría de cangrejos en aguas continentales. Se añade la Afanomicosis o "Peste del cangrejo" a las enfermedades de declaración obligatoria.

Испания · 1974-10-24