Reglamento general del Consejo Nacional de Cooperativas (CONACOOP).

El presente Reglamento, que consta de 5 títulos y 56 artículos, establece las relaciones entre el movimiento cooperativo nacional, el congreso cooperativo y el consejo cooperativo. El Congreso Cooperativo es un organismo de representantes del movimiento cooperativo que define las pautas generales de su desarrollo. El presidente del Consejo Nacional de Cooperativas (CONACOOP) convocará a las cooperativas a tres asambleas, que deberán celebrarse cada dos años: a) asamblea de las cooperativas de producción agrícola e industrial; b) asamblea de las cooperativas de autogestión; c) asamblea de las demás cooperativas.

Коста-Рика · 1997-01-29